La Oficina de Normas de la India cierra la consulta sobre las revisiones de la norma sobre materiales PET en contacto con alimentos

La Oficina de Estándares Indios ha concluido recientemente su consulta sobre una norma revisada para el tereftalato de polietileno (PET) utilizado como material en contacto con alimentos. La consulta, que finalizó el 16 de febrero de 2024, se centró en describir los requisitos, métodos de muestreo y pruebas para envases de PET moldeados por soplado adecuados para envasar una variedad de alimentos sólidos y semisólidos. 

Principales cambios en la norma revisada: 

  1. El título de la norma se ha cambiado para reflejar el alcance ampliado.  
  2. Se han incluido la reciclabilidad y otros requisitos para los plásticos de conformidad con las Normas de Gestión de Residuos Plásticos de 2016, según enmendada. 
  3. El contenedor tendrá cualquier capacidad nominal especificada en las Reglas de Metrología Legal (Productos Envasados) de 2011, modificada por GSR 779(E) del 2 de noviembre de 2021. 
  4. Se han incorporado límites de migración específicos según el Reglamento de Normas y Seguridad Alimentaria (Embalaje) de 2018, según enmendado.   
  5. Se ha incorporado prueba de estabilidad en almacenamiento.  
  6. La cláusula de marcado/etiquetado se ha revisado a cláusula de marcado/embalaje con requisitos de etiquetado de acuerdo con el Reglamento de normas y seguridad alimentaria (etiquetado y exhibición), 2020 y sus enmiendas. 

El contenedor de PET se somete a una prueba de migración global de acuerdo con los requisitos de la norma IS 9845: 

  • La elección de los simulantes y las condiciones de prueba (tiempo-temperatura) depende del tipo de alimento y de las condiciones de uso de los productos alimenticios.  
  • Los valores máximos de extracción del material del envase no deberán exceder los 60 mg/kg y 10 mg/dm2. 

Para materiales plásticos coloreados, el color migrado al simulante no será visible a simple vista (ver IS 9833). Si el color migrado es claramente visible, dichos materiales no son adecuados, incluso si el valor extractivo está dentro del límite general de migración. Los límites de migración específicos para todas las sustancias tóxicas se enumeran a continuación: 

Sustancias tóxicas Límite máximo de migración (mg/kg) 
Bario 1.0 
Cobalt 0.05 
Cobre 5.0 
Plancha para ropa 48.0 
Litio  0.6 
Magnesio 0.6 
Zinc 25.0 
Antimonio 0.04 
Éster bis(2-etilhexílico) del ácido ftálico (DEHP) 1.05 

Puede encontrar más detalles sobre los requisitos, métodos de muestreo y pruebas aquí: 

WCPCD5621921_17012024_2.pdf (bis.gov.in)

Reconocemos que la información anterior ha sido compilada por la Oficina de Estándares Indios.

* Fuente

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